El pasado 10 de enero se aprobó en la Asamblea de Murcia el Informe de la Ponencia para el debate de las enmiendas formuladas al Proyecto de Ley 9, de Medidas Urgentes para Garantizar la Sostenibilidad Ambiental en el Entorno del Mar Menor. La Asociación Nacional de Fabricantes de Fertilizantes (ANFFE) viene trabajando desde hace meses con los responsables de la redacción de la Ponencia y continúa ofreciendo su colaboración en la definición de las medidas más adecuadas en lo que a fertilización se refiere.

El texto de la Ponencia indica: “se prohíbe el uso de fertilizantes de solubilidad alta y potencialmente contaminantes, particularmente nitrato amónico, nitrato de calcio y urea, sustituyéndose por abonos de liberación controlada. Se considerarán potencialmente contaminantes a todos aquellos que no presenten inhibidores de la nitrificación o cualquier otra tecnología que garantice la liberación controlada del nitrógeno”. “Se sustituirán los abonos de solubilidad alta y potencialmente contaminantes por abonos de liberación controlada”.

Teniendo en cuenta la agricultura de la zona, mayoritariamente en riego y fertilización localizados, ANFFE considera que esta medida no es ni adecuada desde el punto de vista agronómico, ni realista desde el económico. Supondría poner en dificultades una de las agriculturas más desarrolladas e importantes de Europa.

ANFFE considera que tanto la Orden de 16 de junio de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y medio ambiente, como el Decreto-Ley n º 1/2017, de 4 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad ambiental en el entorno del Mar Menor son muy completos y están muy bien fundamentados. No obstante, ha propuesto una serie de acciones complementarias para contribuir a la solución de este grave problema. Entre otras:

  1. Que se implementen los mecanismos para que se cumpla adecuadamente el Decreto-Ley n º 1/2017 y la Orden de 16 de junio de 2016 y, en su caso, se establezcan medidas suplementarias a las sanciones ya fijadas en la actualidad.
  1. Que se designe como Zona Vulnerable la Zona 3 especificada en el Decreto-Ley n. º 1/2017.
  1. Que se incluya la obligatoriedad de realizar análisis de las aguas de riego al inicio de cada campaña y de llevar un registro de frecuencias y volúmenes de riego en los cuadernos de explotación, para que se cumplan las disposiciones del Decreto-Ley n º 1/2017 y evitar posibles lixiviaciones.
  1. Que también se exija la correcta cumplimentación, en el cuaderno de explotación, de la información relativa a la aplicación de abonos orgánicos antes de las plantaciones de cultivos hortícolas, para que se tenga en cuenta su aporte de nitrógeno en el cálculo del balance.

Así, desde ANFFE se confía en que finalmente se adopten las medidas que contribuyan a la solución del problema actual del Mar Menor, siempre con acciones apoyadas en criterios científicos que protejan la actividad económica, la salud de la comunidad y del entorno y, en particular, su riqueza agrícola.